Las operaciones intracomunitarias deben seguir un sistema especial de tributación de IVA. El hecho de estar dados de alta en algunos registros no solo puede suponer unos beneficios importantes, sino que también puede ser obligatorio para hacer las transacciones.
El Registro de Operaciones Intracomunitarios (también conocido como ROI) es un tipo de censo en el que se unifican los datos de empresarios y profesionales que llevan a cabo operaciones relacionadas con entregas de bienes, prestación de servicios, adquisición de servicios o bienes a otras entidades que pertenezcan a otro Estado Miembro de la UE, entre otras operaciones.
Una vez que un profesional accede al ROI recibirá lo que se conoce como un NIF intracomunitario o IVA. Simplemente se le agregan las siglas ES en el inicio del NIF.
Este NIF – IVA será asignado a empresarios o profesionales que hagan entregas de bienes o adquisiciones que estén sujetas al impuesto, a aquellos que sean el destino de servicios prestados por otros empresarios en España y en las Islas Baleares o en aquellos que presten servicios en un estado miembro diferente de España.
Si quieres saber cómo gestionar el alta en el registro de operadores intracomunitarios como autónomo, entre artículo te interesa:
Pasos para darse de alta en ROI o registro de intracomunitarios
- Habrá que cumplimentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria.
- Concretamente, marcaremos la casilla 582 e indicaremos en la casilla 584 la fecha prevista en la que se va a llevar a cabo la primera operación relacionada con el registro.
- Tendrás que esperar a que Hacienda revise y acepte la solicitud.
- Si todo está correcto, recibirás el NIF-IVA.
Si te preguntas por el tiempo de espera, lo más habitual es que sea inferior a 3 meses. Ahora bien, podría darse el caso de que pase ese tiempo y no hayamos recibido ningún tipo de respuesta (ni positiva, ni negativa); en ese supuesto se entenderá que Hacienda ha denegado el alta, aunque tendremos que dirigirnos a una delegación para conocer los motivos.
¿Cómo puedo saber si me han concedido el NIF-IVA?
Es posible hacer la consulta a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (concretamente, a través de este enlace). La gran ventaja de hacerlo de esta manera es que no será necesario contar con un certificado electrónico.
La cosa cambia si queremos consultar la validez del NIF-IVA de otros operadores intracomunitarios que no sean españoles. En este supuesto sí que será necesario contar con un certificado electrónico expedido por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria indica que la responsabilidad de comprobar si se tiene el NIF-IVA válido recae en el propio vendedor; y es que solo de esa manera se podrá beneficiar de la exención de IVA en las facturas.
Si tienes alguna duda o problema con el proceso de alta, confía en una asesoría que te pueda orientar sobre el proceso, incluso hasta podría llevarlo a cabo en tu nombre.
